Traslados

Los traslados son generalmente requeridos por la familia para llevar los restos de su ser querido a otra sepultura dentro del mismo cementerio ó fuera de él. Excepcionalmente se efectúan por orden judicial.

Muchas familias optan por realizar la cremación o reducción del occiso una vez exhumado.

Es solicitada por el familiar directo y/o la persona con facultad para realizar el procedimiento, para lo cual debe presentar el Certificado de propiedad.

Una vez recibida conforme la documentación, el cementerio procede a presentar la solicitud para obtener la autorización del Ministerio de Salud (trámite en línea), organismo que una vez aceptada, emite la Resolución Sanitaria que permite realizar el procedimiento.

¿QUIENES PUEDEN HACER EL TRÁMITE?

Pariente más directo del fallecido.
La mayoría de los familiares en el grado más próximo cuando son varios.
Persona con autorización de los familiares directos (Notarial).

REQUISITOS

Certificados de defunción ACTUALIZADO, matrimonio y nacimiento para acreditación de parentesco según corresponda.
Autorización notarial y/o simple según corresponda.
Certificado de propiedad de sepulturas a intervenir.
Resolución de la Seremi de Salud autorizando el traslado y/o reducción del o los cuerpos.

Cementerio Municipal de Punta Arenas

Sara Braun

Traslados

Los traslados son generalmente requeridos por la familia para llevar los restos de su ser querido a otra sepultura dentro del mismo cementerio ó fuera de él. Excepcionalmente se efectúan por orden judicial.

Muchas familias optan por realizar la cremación o reducción del occiso una vez exhumado.

Es solicitada por el familiar directo y/o la persona con facultad para realizar el procedimiento, para lo cual debe presentar el Certificado de propiedad.

Una vez recibida conforme la documentación, el cementerio procede a presentar la solicitud para obtener la autorización del Ministerio de Salud (trámite en línea), organismo que una vez aceptada, emite la Resolución Sanitaria que permite realizar el procedimiento.

¿QUIENES PUEDEN HACER EL TRÁMITE?

Pariente más directo del fallecido.
La mayoría de los familiares en el grado más próximo cuando son varios.
Persona con autorización de los familiares directos (Notarial).

REQUISITOS

Certificados de defunción ACTUALIZADO, matrimonio y nacimiento para acreditación de parentesco según corresponda.
Autorización notarial y/o simple según corresponda.
Certificado de propiedad de sepulturas a intervenir.
Resolución de la Seremi de Salud autorizando el traslado y/o reducción del o los cuerpos.

HORARIO DE APERTURA DEL CEMENTERIO:

Lunes a Domingo :

Desde el 30 de Abril al 01 de Septiembre: de 08:00 a 18:00 hrs.

Desde el 02 de Septiembre al 29 de Abril: de 08:00 a 19:00 hrs.

HORARIO DE ATENCIÓN DE OFICINA:

Lunes a Jueves :
08:00 a 13:00 hrs y en la tarde de 14:00 a 17:00 hrs.

Viernes :
08:00 a 13:00 horas, y en la tarde de 14:00 a 16:00 horas.

Sábado y Domingo:
Sólo atención de funerales y turismo.

CONSULTAS:

Fono: 61 2 212777 – 61 2214244

E-Mail:

infocementerio@e-puntaarenas.cl

DIRECCIÓN:

Avenida Bulnes Nº 029,

Punta Arenas – CHILE.